El Poder Legislativo podrá tener TV y radio de AM, FM y Onda Corta.
El Poder Ejecutivo promulgó la modificación que se hizo al artículo 34 de la Ley Nº 642/95 “De telecomunicaciones”, y habilitó al Poder Legislativo a instalar servicios de difusión (radios) enmarcados dentro del Plan Nacional de Frecuencias. Continúe leyendo esta información en
http://gruporadioescuchaargentino.wordpress.com/
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